jueves, 3 de agosto de 2000

REFORMA DEL ESTATUTO SOCIAL


Les adelantamos algunos de los puntos del arduo trabajo que se ha realizado en la reforma y actualización de nuestro Estatuto, como así también de nuestro Código de Ética:
* Categorías de asociados, sus derechos y obligaciones
* Se propone el voto a distancia para elección de autoridades.
* Sobre sanciones disciplinarias
* Se propone el cargo de Pro-Secretaria y Pro-Tesorera
* Se propone que la comisión saliente permanezca 120 días a disposición de la comisión entrante a fin de garantizar la continuidad operativa

Algunos puntos de la reforma del Código de Ética, que será presentado a consideración de la Asamblea:
La estructura del Código de Ética estará constituida por:
a. Principios Éticos Generales (Capítulo Primero, Artículo 1 al 6) que constituyen el marco teórico-ético que lo sustenta, por lo tanto, no tienen un carácter normativo.
b. Normas Éticas Generales (Capítulo Segundo, Artículo 7 al 10) que informan de los límites de acción del Código; respeto por las demás personas, prestación de servicios y competencia.
c. Normas Éticas Específicas (Capítulo Tercero, Artículos 11 al 16) que están sistematizadas en 6 categorías que pretenden abarcar de manera precisa y específica los aspectos relativos:
i. Al consultante
ii. A la relación con los colegas y otros profesionales.
iii. A los instrumentos y/o procedimientos técnicos.
iv. A la investigación en el campo del Counseling.
v. A la comunidad o sociedad.
vi. A los Derechos Humanos.
PREÁMBULO
La elaboración del presente Código surge frente a la necesidad de establecer un marco que regule los principios éticos y criterios profesionales por los que se deberá regir el ejercicio de la profesión.
Con el presente Código se aseguran una serie de principios y líneas de acción, otorgando a los counselors, un marco normativo que enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. La misma responde al sentido de la vida de las personas en función del bien-estar , es decir, en plenitud y con dignidad.
Los profesionales del counseling deberán desarrollar una praxis en la cual enriquezcan, nutran y sensibilicen su compromiso ético, reflejando nuestra identidad profesional. La especificidad del Counseling se diferencia del espacio psicoterapéutico, enfocándose en la promoción del desarrollo personal y humano.
En tal sentido, la ética que dinamiza el ejercicio profesional de Counseling se vincula con una manera de vivir, de actuar, de decidir, de facilitar procesos relacionales, de intervenir en desarrollos comunitarios y de abrir espacios de encuentro socio-humano, que faciliten el despliegue del potencial humano y la fuerza de crecer en un sentido integral: físico, mental, emocional, afectivo, social y espiritual.


0 comentarios:

Publicar un comentario