Principios fundamentales de la bioética
(Adaptado
Web)
En 1979, los bioeticistas T. L.
Beauchamp y J. F. Childress, definieron los cuatro principios de la bioética:
autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia. En un primer momento
definieron que estos principios son prima facie, esto es, que vinculan siempre
que no colisionen entre ellos, en cuyo caso habrá que dar prioridad a uno u
otro, dependiendo del caso. Sin embargo, en 2003 Beauchamp considera que los
principios deben ser especificados para aplicarlos a los análisis de los casos
concretos, o sea, deben ser discutidos y determinados por el caso concreto a
nivel casuístico.
Los cuatro principios definidos por Beauchamp y Childress son:
1. Principio de
autonomía
La autonomía expresa la capacidad para
darse normas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas. El
principio de autonomía tiene un carácter imperativo y debe respetarse como
norma, excepto cuando se dan situaciones en que las personas puedan ser no
autónomas o presenten una autonomía disminuida (personas en estado vegetativo o
con daño cerebral, etc.), en cuyo caso será necesario justificar por qué no
existe autonomía o por qué ésta se encuentra disminuida. En el ámbito médico,
el consentimiento informado es la máxima expresión de este principio de
autonomía, constituyendo un derecho del paciente y un deber del médico, pues
las preferencias y los valores del enfermo son primordiales desde el punto de
vista ético y suponen que el objetivo del médico es respetar esta autonomía
porque se trata de la salud del paciente.
2. Principio de
beneficencia
Obligación de actuar en beneficio de
otros, promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En
medicina, promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la
opinión de éste. Supone que el médico posee una formación y conocimientos de
los que el paciente carece, por lo que aquél sabe (y por tanto, decide) lo más
conveniente para éste. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con
él".
Un primer obstáculo al analizar este
principio es que desestima la opinión del paciente, primer involucrado y
afectado por la situación, prescindiendo de su opinión debido a su falta de
conocimientos médicos. Sin embargo, las preferencias individuales de médicos y
de pacientes pueden discrepar respecto a qué es perjuicio y qué es beneficio.
Por ello, es difícil defender la primacía de este principio, pues si se toman
decisiones médicas desde éste, se dejan de lado otros principios válidos como
la autonomía o la justicia.
3. Principio de no
maleficencia (Primum non nocere)
Abstenerse intencionadamente de realizar
acciones que puedan causar daño o perjudicar a otros. Es un imperativo ético
válido para todos, no sólo en el ámbito biomédico sino en todos los sectores de
la vida humana. En medicina, sin embargo, este principio debe encontrar una
interpretación adecuada pues a veces las actuaciones médicas dañan para obtener
un bien. Entonces, de lo que se trata es de no perjudicar innecesariamente a
otros. El análisis de este principio va de la mano con el de beneficencia, para
que prevalezca el beneficio sobre el perjuicio.
Las implicaciones médicas del principio
de no maleficencia son varias: tener una formación teórica y práctica rigurosa
y actualizada permanentemente para dedicarse al ejercicio profesional,
investigar sobre tratamientos, procedimientos o terapias nuevas, para mejorar
los ya existentes con objeto de que sean menos dolorosos y lesivos para los
pacientes; avanzar en el tratamiento del dolor; evitar la medicina defensiva y,
con ello, la multiplicación de procedimientos y/o tratamientos innecesarios.
4. Principio de
justicia
Tratar a cada uno como corresponda, con
la finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad (ideológica, social,
cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el ámbito sanitario
la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende que
todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual
a los iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de
desigualdad.
El principio de justicia puede
desdoblarse en dos: un principio formal (tratar igual a los iguales y desigual
a los desiguales) y un principio material (determinar las características
relevantes para la distribución de los recursos sanitarios: necesidades
personales, mérito, capacidad económica, esfuerzo personal, etc.).
Las políticas públicas se diseñan de
acuerdo con ciertos principios materiales de justicia. En España, por ejemplo,
la asistencia sanitaria es teóricamente universal y gratuita y está, por tanto,
basada en el principio de la necesidad. En cambio, en Estados Unidos la mayor
parte de la asistencia sanitaria de la población está basada en los seguros
individuales contratados con compañías privadas de asistencia médica.
Para excluir cualquier tipo de
arbitrariedad, es necesario determinar qué igualdades o desigualdades se van a
tener en cuenta para determinar el tratamiento que se va a dar a cada uno. El
enfermo espera que el médico haga todo lo posible en beneficio de su salud.
Pero también debe saber que las actuaciones médicas están limitadas por una
situación impuesta al médico, como intereses legítimos de terceros.
La relación médico-paciente se basa
fundamentalmente en los principios de beneficencia y de autonomía, pero cuando
estos principios entran en conflicto, a menudo por la escasez de recursos, es
el principio de justicia el que entra en juego para mediar entre ellos. En
cambio, la política sanitaria se basa en el principio de justicia, y será tanto
más justa en cuanto que consiga una mayor igualdad de oportunidades para
compensar las desigualdades.
Ámbitos de la bioética
Problemas éticos derivados de las
profesiones sanitarias: transfusiones de sangre, eutanasia, trasplantes de
órganos, reproducción asistida o mediante fertilización in vitro, aborto, todos
los asuntos implicados en la relación médico-paciente.
Problemas de la investigación
científica, en particular la investigación biomédica, que tanto pueden
transformar al hombre: manipulación genética, tecnologías reproductivas como la
fecundación in vitro o la (por ahora sólo hipotética) clonación humana, etc.
Los problemas ecológicos, del medio
ambiente y la biosfera: necesidad de conservación del medio ambiente, como
mantener el equilibrio entre las especies y el respeto hacia los animales y la
naturaleza, impedir el uso de energía nuclear, controlar el crecimiento de la
población mundial y el incremento del hambre en los países pobres, etc.
Influencia social y política de las cuestiones
anteriores, en cuanto a legislación, educación, políticas sanitarias, religión,
etc.
La Dra. María Dolores Vila-Coro Barrachina, en su libro La vida humana
en la encrucijada, establece una clasificación de la bioética en cuatro
aspectos:
1) La bioética
teórica, o «meta-bioética», que trata los fundamentos conceptuales de la
bioética en el marco de las teorías morales y la justificación de sus nociones
básicas (persona, dignidad, autonomía, etc.).
2) La bioética
clínica, referida a las decisiones éticas que se toman en la práctica
profesional, vinculada a la deontología médica clásica y que se focaliza en los
casos individuales de los pacientes que plantean la resolución de un problema
ético.
3) La bioética
normativa, conocida también como «bioderecho», en la que tienen una
participación directa juristas y autoridades públicas y que se orienta hacia la
adopción de reglas generales en la política sanitaria y el sistema jurídico.
Centra su interés en la racionalidad de las decisiones colectivas en las áreas donde
confluyen la salud pública, los derechos humanos y la regulación de los avances
científicos.
4) La bioética
cultural, que trata del esfuerzo sistemático en relacionar los nuevos dilemas
bioéticos con el contexto histórico y sociocultural en el que se dan. Trata de
evitar la imposición de determinadas visiones de la bioética en sociedades que
tienen valores distintos.
0 comentarios:
Publicar un comentario